Ayudamos a los niños y sus familias en los momentos de mayor necesidad. Tu donativo lleva esperanza y ayuda concreta en situaciones de crisis.
Para ofrecer ayuda concreta cuando más se necesita
Dona ahoraCuando una emergencia golpea, los niños en situación de pobreza suelen ser los más vulnerables. Un desastre natural, una crisis alimentaria, una emergencia sanitaria o cualquier situación imprevista, en momentos así hay que responder con rapidez. Llevar esperanza y apoyo a través de ayudas concretas.
Quien ya vive en pobreza no tiene margen para las emergencias. Cuando llega una crisis, no hay ahorros, no hay alternativas. no hay tiempo que perder. Por eso, tu donación al Fondo de Emergencias es tan importante.
Ayúdanos a llevar socorro urgente, protección y recursos esenciales a niños y familias que atraviesan situaciones críticas. Junto a los centros Compassion y las iglesias locales, trabajamos para proteger a los niños más vulnerables cuando afrontan situaciones de crisis.
Sea cual sea el importe, tu aportación puede marcar una diferencia real cuando más importa.
Nuestros programas de respuesta a emergencias incluyen:
¡Gracias de todo corazón por tu generosidad!
Únicamente para los residentes en España: si quisieras desgravar tu donativo para Compassion en la declaración de la renta, por favor, escríbenos a info@compassion.es, para tomar nota de tu DNI y nombre. ¡Gracias!
Transferencia o ingreso en cuenta bancaria:
Compassion España Assoc.
La Caixa ES47 2100 3060 5322 0185 5587
(Concepto: "Fondo Emergencias")
Por teléfono llamando al +34 91 782 6556
💙 Porque las emergencias no pueden esperar, tu ayuda puede marcar la diferencia hoy, cuando más se necesita. ¡Gracias por tu generosidad!

Recuerda: tus donaciones gozan de beneficios fiscales y son desgravables en la declaración de renta. Lee más
¡Si vives en España, tu aportación tiene beneficios fiscales! Descubre las deducciones fiscales en la declaración de la renta.
Deducción en cuota íntegra. Limite 10% base liquidable.
Deducción en cuota íntegra, limite 10% base imponible. Si excede el límite, se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos.
Importante: para beneficiarte de la desgravación de tu donativo, asegúrate de que tenemos correctamente tus datos personales.
Información actualizada según el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 que incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo. ×